Jurisprudencia Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Medellín Vol. 4 Núm. 11

Tribunal Superior del Distrito de Medellín
1942 Estudios de derecho  
En los juicios ejecutivos no cabe la caducidad sino el desembargo de bienes, esos bienes no pueden volver a embargarse dentro de los dos años subsiguientes(...)
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