El deber del administrador de evitar si-tuaciones de conflicto de interés: la prohibición de competencia. Autor/a

Jorge Urquijo
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Especialista CGPJ en asuntos propios de los órganos de lo mercantil REVISTA LEX MERCATORIA. Doctrina, Praxis, Jurispru-dencia y Legislación RLM nº7 | Año 2017 Artículo nº 9 Páginas 77-82 revistalexmercatoria.umh.es ISSN 2445-0936 1. INTRODUCCIÓN El conflicto de interés en una sociedad mercantil puede afectar tanto a un socio de la misma como a un administrador. Las regula-ciones de ambos conflictos, recogidas en el Texto Refundido de la Ley de Sociedades de Capital (TRLSC), son diferentes en
more » ... nto de-rivan respectivamente de la distinta posición que tiene el socio o el administrador respecto de la sociedad, estando regida la de éste últi-mo por la necesaria subordinación de su inte-rés particular al interés social, circunstancia que no concurre en el socio, que puede buscar su interés personal dentro del contrato de so-ciedad siempre que no perjudique el interés del resto de socios 1. La regulación del conflicto de interés que afecta a los administradores viene deriva
fatcat:nilpzejo25dl5g6xorobsnllla