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LA CONFIGURACIÓN DE LA IMPRUDENCIA COMO «GRAVE» Y «MENOS GRAVE» EN LOS DELITOS DE HOMICIDIO Y LESIONES DE LOS ARTS. 142 Y 152 CP TRAS LA REFORMA DEL CÓDIGO POR LA LO 1/2015: ESPECIAL REFERENCIA A SU CONCEPTUALIZACIÓN EN EL ÁMBITO VIAL
2020
Revista Española de Derecho Penal y Criminología
No cabe duda de que las reformas realizadas en el Código penal por la reciente LO 1/2015, de 30 de marzo, son de enorme trascendencia. Tanto las relativas a la Parte General del Derecho penal como las relativas a los delitos en particular. Si con anterioridad a la reforma los delitos de homicidio y lesiones sancionaban, en los arts. 142 y 152 CP, los cometidos por imprudencia grave y por imprudencia leve, ahora esta segunda categoría desaparece para dejar hueco a la llamada imprudencia menos
doi:10.5944/rdpc.20.2018.26447
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