La tutela procesal de los derechos en la Iglesia

Carmelo De Diego-Lora
2018 Ius Canonicum  
L IDENTIFICACIÓN DE ESTOS DERECHOS El c. 221 § 1 utiliza dos términos, uno sustantivo y genérico: iura; el otro consiste en una expresión verbal -gaudentque denota atribución subjetiva poseída, aunque no explicite ni describa el título o títulos por los cuales el fiel goce de ese derecho que es merecedor de la tutela jurídica.
doi:10.15581/016.34.17241 fatcat:ueeq4qhsjbdsplzikfkv4wjpjq