A propósito de un elemento esencial de la defensa de la competencia en Europa: las facultades de investigación de la Comisión en materia de inspección

Jesús Alfonso Soto Pineda
2014 FORO Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales Nueva Época  
A PROPÓSiTO de Un eLemenTO eSenciAL de LA deFenSA de LA cOmPeTenciA en eUROPA: LAS FAcULTAdeS de inVeSTiGAciÓn de LA cOmiSiÓn en mATeRiA de inSPecciÓn Jesús alfonso soTo PIneda docente investigador del departamento de derecho económico de la universidad externado de colombia RESUMEN En base a la prolongación de las facultades de investigación que le han sido proporcionadas a la Comisión Europea para combatir la existencia de acuerdos colusorios en el ámbito comunitario, el presente artículo
more » ... ne las condiciones en las cuales el poder percibido con mayor sensibilidad desde el terreno empresarial, la inspección, debe ser puesto en marcha por la máxima autoridad comunitaria de competencia, analizando en detalle la contradicción natural que se presenta entre los objetivos propios de la inspección y dos postulados básicos relacionados con el derecho de defensa, como lo son el secreto profesional y el derecho a guardar silencio o no autoinculparse. Palabras clave: comisión europea, defensa de la competencia, facultades de investigación, inspección, secreto profesional, autoincriminación. ABSTRACT On the basis of the extension of the faculties assigned to the EU Commission to fight the existence of collusive agreements within the eurozone, the current article shows the requirements in which the power to inspect, seen more sensitively within the business world, must be started up by the European Competition Authority while looking into the natural contradiction from the inspection's own objectives and the two basic postulates related to the right of defense as are the professional secret and the right to remain silent or against self-incrimination. Auf der Grundlage der Erweiterung der Untersuchungsbefugnisse, die der EU-Kommisssion erteilt wurden, um die Existenz von Kollusionsvereinbarungen im EU-Rahmen zu bekämpfen, stellt der vorliegende Artikel die Bedingungen vor, unter denen die oberste kompetente EU-Instanz ihre Auβenprüfungen, die seitens http://dx.
doi:10.5209/rev_foro.2013.v16.n1.42552 fatcat:oipzccuqxvc5dn5tlwbny2eazq