El enunciado de responsabilidad

Ernesto Garzón Valdés
1996 Doxa  
E sta es la magnífica estupidez del mundo, que cuando enfermamos en fortuna -a menudo por los hartazgos de nuestra propia conducta-echamos la culpa de nuestros desastres al sol, a la luna y a las estrellas, como si fuéramos villanos por necesidad, idiotas por obligación celestial, ladrones y traidores por el influjo de las esferas; borrachos, embusteros y adúlteros por forzosa obediencia a la influencia planetaria, y todo aquello en que somos malos, por un impulso divino. ¡Admirable evasión de
more » ... utanero, echar la culpa de nuestro carácter cabrón a una estrella!» William Shakespeare, Rey Lear, Acto I, Escena II (1605) «Y debiéndose concederse (...) que no rige el cielo con dominio despótico nuestras acciones (...) pues con tan violenta batería iba por el suelo el albedrío y no quedaba lugar para el premio de las acciones buenas, ni al castigo de las malas, pues nadie merece premio ni castigo con una acción a que le precisa el cielo sin que él pueda evitarlo (...)» Benito Jerónimo Feijoo, Astrología judiciaria y almanaques (1726) 0. En lo que sigue quiero referirme al problema de la responsabilidad en términos muy generales, señalando, sin embargo, algunos puntos que me parecen relevantes para lograr una mayor claridad en esta intricada cuestión. Tomaré como hilo conductor de mi exposición el análisis de un tipo especial de enunciado al que llamaré «enunciado de responsabilidad» (ER). Es habitual distinguir entre ERs puramente causales, es decir, aquellos que sólo hacen referencia a una relación de causa-efecto entre dos estados de cosas (por ejemplo, cuando se dice que la sequía fue la responsable de la pérdida de la cosecha), y los ERs personales en los que se supone la intervención de un agente humano (por ejemplo, cuando se dice que Pedro es responsable de la muerte de Juan). En lo que sigue habré de referirme exclusivamente a los ER personales. 5 Johannes Schwartländer, «Verantwortung» en Hermann Krings et al. (eds.), Handbuch Philosophischer Grundbegriffe, Munich Kösel, 1974, pág. 1579. El enunciado de responsabilidad 261 10 Gregory Mellema Individuals, Groups, and Shared Moral Responsibility, New York et al.: Peter Lang, 1988, pág. 8. 15 Alf Ross, On Law and Justice, London: Steven & Sons Limited 1958, pág. 333. Versión castellana de Genaro R. Carrio: Sobre el derecho y la justicia, Buenos Aires: Abeledo Perrot , 1963, pág. 322: «(...) es concebible que la media (un seguro general de responsabilidad) se traducirá en un peligroso relajamiento del cuidado ordinario. Aún en el presente estado del derecho, en que el seguro de responsabilidad es normalmente voluntario y por lo tanto no todo el mundo lo contrata, mucha gente opina que el mismo ha conducido a un relajamiento de la prudencia». Como se sabe, para este fenómeno se ha impuesto mientras tanto la expresión «riesgo moral». El enunciado de responsabilidad 265
doi:10.14198/doxa1996.19.14 fatcat:zncpx7bxk5ahzltevwc5zl5fqu